Aviso Legal

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Este sitio web, incluyendo su versión en idioma español, no está dirigido a personas físicas o jurídicas residentes en Europa ni constituye una oferta o solicitud de servicios y/o productos financieros en territorio europeo. La presencia del contenido en español responde únicamente a la necesidad de facilitar el acceso a la información a clientes y potenciales clientes de habla hispana.

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Fondos

Una gama completa de instrumentos de inversión

En sintonía con la filosofía general del banco y la estrategia de selección de inversiones directas, nuestros fondos internos se gestionan de forma independiente, y las carteras son reflejo de nuestras convicciones más sólidas en cada momento. Si bien la mayoría de nuestros competidores intentan aprovechar al máximo las alzas de los mercados, nosotros concedemos una mayor importancia a la gestión de las caídas.

Esta actitud, que en ocasiones puede resultar frustrante (sobre todo porque, de entrada, parece contraintuitiva), tiene, no obstante, la ventaja de limitar el ruido y otros comportamientos erráticos. Nuestro objetivo es acumular capital a lo largo del tiempo. El propio banco invierte en todos esos fondos, lo que pone en evidencia la convergencia de nuestros intereses con los de los clientes.

  • Índice

Fondos que invierten en un mercado específico u ofrecen una herramienta de gestión

Bordier Satellite Equity Europe Fund

El fondo invierte principalmente en valores de renta variable que cotizan en las bolsas europeas y están recomendados por nuestra investigación interna. La selección de activos se basa en el análisis fundamental combinado con una orientación hacia el factor impulso (o «momentum»). Así pues, la estrategia de inversión consiste en favorecer a los valores denominados «satélite», es decir, aquellos cuyo potencial de revalorización a corto y medio plazo parece mayor que el del conjunto de sus respectivos sectores. Esta superioridad puede estar motivada por una valoración especialmente atractiva, una sucesión de buenas noticias sobre la actividad de la empresa aún no descontadas por el mercado, una reestructuración u optimización operativa o bien unos fundamentos muy sólidos para la sociedad o su entorno.

Bordier Global Emerging Market Fund

Este fondo invierte en títulos de renta variable de países emergentes por medio de una selección de gestores activos tradicionales o productos pasivos (fondos cotizados o ETF) en las zonas geográficas correspondientes. Se propone superar la rentabilidad del índice MSCI Emerging Market y, al mismo tiempo, aprovechar el fuerte crecimiento de estos países. El producto se gestiona de forma activa a varios niveles: 1) La selección de los fondos subyacentes que representan el núcleo de la cartera. 2) La asignación geográfica en función de las convicciones macroeconómicas en cada momento. 3) La asignación temática transversal, que aúna nuestras convicciones a largo plazo y la selección de los mejores gestores.

Bordier Swiss Equity Fund

Este fondo invierte en títulos de renta variable de Suiza. Para ello integra todas las recomendaciones internas sobre acciones suizas y completa la selección a partir de convicciones estratégicas o tácticas detectadas en el universo de inversión. El mercado suizo se caracteriza tanto por un alto grado de concentración en algunos sectores clave (salud y agroalimentario) como por una gran heterogeneidad entre las empresas que los componen. En este entorno, nuestra estrategia de inversión pone un mayor acento en que la selección de valores sea acertada que en realizar una asignación sectorial muy marcada. La rentabilidad del fondo se mide con respecto al índice general de la bolsa suiza, el SPI (Price).

Bordier CHF Fixed Income Fund
Bordier Euro Short-Term Bond Fund

Estos fondos invierten principalmente en bonos a corto plazo de calidad por medio de una selección de gestores activos o productos pasivos (ETF) y ofrecen una cobertura global al tiempo que protegen contra el riesgo de tipos de cambio.

Bordier Global Fixed Income USD

El fondo invierte sobre todo en bonos a corto plazo. La cartera se gestiona de forma activa en relación con sus índices de referencia.

Fondo con un horizonte temporal amplio

Con una vocación defensiva, pone el foco en la calidad del modelo de negocio de las empresas seleccionadas, al margen de los índices de referencia habituales.

Bordier US Select Equity Fund

El fondo invierte principalmente en valores de renta variable que cotizan en la Bolsa de Nueva York y el NASDAQ. El diseño de la cartera se basa en un criterio de selección de valores que presentan una o varias ventajas competitivas, las cuales generarán un crecimiento superior al del mercado o una fuerte capacidad de resistencia en caso de corrección bursátil. A la hora de seleccionar las empresas, se presta especial atención al margen de seguridad, la calidad de la gestión, la calificación crediticia y el riesgo de valoración inherente al sector de actividad de la empresa. Por último, invertimos como «propietarios» de las empresas de la cartera, manteniéndolas durante un periodo de tenencia prolongado.

Bordier Core Holdings Europe Fund

El fondo solo invierte en valores de empresas europeas que se corresponden con la definición y los criterios de «core holdings» de Bordier. En nuestra opinión, este enfoque brinda una oportunidad de inversión con un potencial superior a la media del mercado, siempre que se adopte una perspectiva a largo plazo. El concepto de «core holdings» se relaciona con la calidad del modelo económico de las empresas objetivo y se opone a la gestión indexada. La calidad del modelo económico se mide por el potencial de crecimiento y la resiliencia, unos márgenes elevados y estables y una intensidad de capital proporcionalmente baja. Todo lo cual genera un flujo de tesorería libre alto y positivo a lo largo de los ciclos económicos y una rentabilidad del capital elevada que siempre supera al coste de capital, garantizando así la creación de valor a la larga. Las empresas seleccionadas deben presentar asimismo un balance favorable a los accionistas, pero con un nivel de endeudamiento moderado, a fin de evitar las tensiones en las fases bajistas. Aunque la lista de las empresas que componen la cartera no se ajusta a ninguna asignación sectorial o por índices, la política de inversión del fondo respeta el principio de diversificación y distribución de los riesgos.

Fondos de asignación de activos

Bordier Prévoyance Individuelle 25
Bordier Prévoyance Individuelle 40

Se trata de fondos equilibrados de asignación de activos denominados en francos suizos (CHF), con una proporción estratégica de renta variable del 25 % y el 40 %, respectivamente. Todas las competencias en materia de análisis e investigación de Bordier & Cie están dedicadas a estos fondos. De hecho, el comité de inversión decide la asignación de los activos, mientras que las tareas de ejecución (directa o a través de fondos externos) recae en los analistas elegidos. Además, aunque mantienen al menos el 50 % de la cartera en CHF, ofrecen una diversificación tanto geográfica como monetaria. Así pues, la gestión es activa a varios niveles (clases de activos, divisas, fondos de inversión o inversiones directas) y el universo de referencia es la OPP2.

Este contenido se facilita exclusivamente con fines informativos y no debe utilizarse como fundamento para tomar una decisión de compra o inversión en un fondo de Bordier. Las opiniones y la información expresadas en este sitio web no constituyen, ni pueden considerarse, una recomendación de inversión o una invitación a invertir, y los posibles inversores deben solicitar un asesoramiento profesional independiente adecuado antes de tomar alguna decisión de inversión.

Fondos Bordier

BO Fund IV

BO FUND IV ha estudiado detenidamente el requisito del artículo 6 del Reglamento (UE) 2019/2088 sobre la divulgación de información relativa a la sostenibilidad en el sector de los servicios financieros y ha decidido no integrar los riesgos de sostenibilidad en sus decisiones de inversión, ni los resultados de la evaluación de las posibles repercusiones de los riesgos de sostenibilidad en la rentabilidad del producto financiero.

PRIIP

Situación de los informes para el Reino Unido

Fondos domiciliados en Suiza

PRIIP

Fondos externos

Como complemento a nuestros análisis de renta variable y a la gestión de nuestros propios fondos, también seleccionamos fondos externos (tradicionales o alternativos):

Enfoque coordinado

Gracias a la suma de esfuerzos de nuestros equipos de expertos en París, Singapur, Ginebra, Londres y nuestro socio en Nueva York.

Cobertura global y transversal

Sin embargo, a la hora de invertir en las diferentes clases de activos, el elemento local es primordial.

Enfoque cualitativo y cuantitativo

Un enfoque cualitativo y cuantitativo que considera los riesgos de cada empresa, la estrategia de inversión y análisis de la rentabilidad y el factor humano.

Sentido común

Este principio se aplica a todo el proceso de inversión y, gracias a ello, podemos mantener una visión de conjunto.

Enfoque «Best in class»

El resultado es una selección concentrada en un amplio universo de inversión, en fondos de convicción no muy indexados que generen un alto valor añadido y que reflejen nuestra profunda preocupación por quedarnos solo con los mejores de cada categoría.

Condiciones de uso de los servicios electrónicos Bordier

El Cliente ha optado por disponer de una Cuenta en el Banco mediante el servicio de internet del Banco para una conexión electrónica segura a través del Sitio Web y la aplicación móvil de Bordier, que permite al Usuario autorizado consultar en línea la cuenta en aplicaciones móviles (todo lo cual se denominará en lo sucesivo «Servicios Electrónicos»).

1. Tipo de Servicios Electrónicos

1.1. Los Servicios Electrónicos que el Banco pone actualmente a disposición de los Clientes incluyen las siguientes prestaciones: a) un acceso seguro a cualquier Cuenta del Cliente por medio de una sección de inicio de sesión independiente del Sitio Web del Banco (el «Servicio Web de Acceso»); b) un acceso seguro a cualquier Cuenta del Cliente por medio de una aplicación instalada en un dispositivo electrónico móvil (el «Servicio Móvil de Acceso»).

1.2. Estos Servicios Electrónicos permiten a los Clientes, por un lado, consultar el estado actual de las cuentas a las que hayan indicado que desean acceder a través de dichos Servicios Electrónicos y, por otro, obtener información sobre sus Inversiones actuales. Los clientes también pueden utilizar por su cuenta y riesgo determinadas herramientas de análisis facilitadas por el Banco. Aunque el Banco procura facilitar prestaciones comparables por medio del Servicio Web de Acceso y el Servicio Móvil de Acceso, el Cliente reconoce que, a causa de limitaciones técnicas, puede haber diferencias entre las operaciones que pueden realizarse mediante el Servicio Web de Acceso y el Servicio Móvil de Acceso.

1.3. A fin de utilizar los Servicios Electrónicos, el Cliente debe registrarse previamente en el Banco utilizando los medios que este haya establecido (con inclusión de la identificación de las cuentas específicas que son accesibles mediante los Servicios Electrónicos), cumpliendo así la parte octava de las presentes condiciones generales y cualesquiera otras condiciones definidas por el Banco para la prestación de un Servicio Electrónico concreto. Se considerará que el Cliente ha aceptado (sin reservas) las presentes condiciones y cualesquiera otras condiciones definidas por el Banco y aplicables a los Servicios Electrónicos a partir del momento en que haga clic o pulse un botón de confirmación o a partir del momento en que utilice los Servicios Electrónicos por primera vez (según qué condición se cumpla primero).

1.4. Sin limitar el carácter general de cuanto antecede, el uso del Servicio Móvil de Acceso está sujeto a que el dispositivo móvil cumpla los requisitos establecidos por el Banco y en el contrato de licencia de usuario final de la aplicación móvil (en adelante, «CLUF de la Aplicación Móvil»). Puede accederse al CLUF de la Aplicación Móvil tras descargar la aplicación. Antes de utilizar la aplicación por primera vez, el Cliente deberá confirmar la aceptación del CLUF de la Aplicación Móvil. El Banco tiene derecho a actualizar o modificar el contenido del CLUF de la Aplicación Móvil en todo momento, aunque informará de ello al Cliente. En este caso, para poder seguir utilizando el Servicio Móvil de Acceso, el Cliente debe confirmar que acepta esas modificaciones. En caso contrario, el Banco no podrá prestar el servicio ofrecido.

2. Acceso a los Servicios Electrónicos

2.1. El acceso a cualesquiera Servicios Electrónicos se facilita mediante: a) un código de identificación del usuario («Código de Usuario») asignado por el Banco; b) un número de identificación personal («Clave de Acceso») asignado en un primer momento por el Banco y que el cliente deberá cambiar obligatoriamente en cuanto le sea posible por un número de su elección, siempre que cumpla los requisitos establecidos por el Banco, y c) un dispositivo de autenticación («Dispositivo OTP») que genera una contraseña de un solo uso («OTP») que se utilizará junto con el Código del Usuario y la Clave de Acceso cada vez que se requiera el acceso. Una vez que se haya modificado la Clave de Acceso, el Banco ya no tendrá conocimiento de ella.

2.2. Para cada Cliente, solo puede haber un Código de Usuario y una Clave de Acceso. No obstante, el Banco pondrá a disposición del Cliente hasta dos Dispositivos OTP.

2.3. El Cliente es el único responsable de la custodia del Código de Usuario, de la Clave de Acceso y de todos los Dispositivos OTP proporcionados por el Banco (incluso si los dispositivos OTP no estuvieran físicamente en posesión del Cliente). El Cliente debe informar al Banco a la mayor brevedad si cree o sospecha que su Código de Usuario, su Clave de Acceso o cualquier Dispositivo OTP pudiera haber sido robado, extraviado o puesto en peligro. Salvo notificación en contrario, el Banco tiene derecho a suponer que toda persona que utilice un Servicio Electrónico sirviéndose de forma conjunta del Código de Usuario, la Clave de Acceso y una OTP generada por un Dispositivo OTP es el propio Cliente o una persona debidamente autorizada por el Cliente. A fin de evitar cualquier duda al respecto, el Cliente se compromete ante el Banco a autorizar (o a asumir como propias) todas las actuaciones realizadas por una persona que acceda a un Servicio Electrónico siguiendo el procedimiento establecido en el presente documento.

2.4. El Banco tiene la facultad discrecional de cobrar al Cliente una comisión para hacer frente a los costes relacionados con la provisión de Dispositivos OTP adicionales a partir del segundo dispositivo solicitado.

3. Declaración de exención de responsabilidad relativa a la información disponible en los Servicios Electrónicos.

3.1. Los Servicios Electrónicos permiten al Cliente acceder a información relativa a las Cuentas en relación con las cuales ha decidido acceder mediante dichos Servicios Electrónicos y a las operaciones realizadas en dichas Cuentas. Igualmente, el Banco puede poner a disposición del Cliente diversas herramientas de análisis, que el Cliente puede utilizar por su cuenta y riesgo. Toda la información facilitada al Cliente mediante los Servicios Electrónicos (incluidas las herramientas de análisis) ostenta el carácter de información no personal. El Cliente reconoce que dicha información no tiene en cuenta los objetivos de inversión concretos, la situación financiera o las necesidades particulares del Cliente.

3.2. Toda la información facilitada al Cliente mediante los Servicios Electrónicos (incluidas las herramientas de análisis) la facilita el Banco y sus sociedades vinculadas o se obtiene de fuentes externas seleccionadas por el Banco y sus sociedades vinculadas. Si bien se adoptan todas las precauciones que están dentro de lo razonable para garantizar que toda la información facilitada sea imparcial, exacta y completa, el Banco y sus sociedades vinculadas no garantizan la exactitud o integridad de dicha información o de los resultados generados por las herramientas de análisis. En concreto, en los casos en que las cotizaciones bursátiles o los tipos de cambio se comuniquen por medio de alguno de los Servicios Electrónicos, tendrán un carácter meramente orientativo y no serán vinculantes para el Banco. Por razones técnicas, puede haber un desfase entre el momento en que datos como cotizaciones bursátiles u otros se registran o hacen públicos en un mercado de referencia y el momento en que esa información se facilita al Cliente mediante los Servicios Electrónicos. El Banco declina cualquier responsabilidad sobre las pérdidas o daños sufridos por el Cliente debido a un desfase como el descrito, o en relación con este, o con respecto al uso de las herramientas de análisis.

3.3. En la medida en que la información facilitada mediante los Servicios Electrónicos contenga opiniones expresadas por el Banco, dichas opiniones reflejarán únicamente el criterio del Banco en la fecha en que se expresaron y estarán sujetas a cambios sin previo aviso, en concreto dependiendo de la evolución de las condiciones del mercado. Dichas opiniones no deben interpretarse como una recomendación del Banco al Cliente para llevar a cabo, vender o liquidar una inversión. En la medida en que cualquier información facilitada mediante los Servicios Electrónicos contenga opiniones expresadas por terceros, el Cliente reconoce que el Banco no será responsable de dichas opiniones y que no debe considerarse que las suscribe.

3.4. De conformidad con el artículo 6 de la parte I, sección II, de las Condiciones Generales, no se considerará que el Banco, en virtud de la prestación de algunos de los Servicios Electrónicos mencionados, proporciona una recomendación de inversión como un servicio al Cliente ni que actúa como asesor o fiduciario. El Cliente no debe asumir que la información facilitada por medio de los Servicios Electrónicos es fidedigna o sustituye el recurso a sus propios conocimientos y criterios para tomar cualquier decisión. Es posible que dicha información no tenga en cuenta los objetivos de inversión específicos, la situación financiera y las necesidades particulares del Cliente. Antes de tomar una decisión de inversión, el Cliente se compromete a documentarse sobre las características de la operación y a leer todos los documentos pertinentes, legales o divulgativos (incluidos el folleto o la nota informativa). El Cliente reconoce que el Banco no tiene obligación alguna de prestarle asesoramiento y que es responsabilidad del Cliente consultar a sus propios asesores en caso de que necesite asesoramiento. Por consiguiente, el Cliente reconoce que el Banco no será responsable de las consecuencias de cualquier decisión que haya adoptado el Cliente después de utilizar cualesquiera Servicios Electrónicos.

4. Acceso de los colaboradores del Banco

4.1. El Cliente acepta y reconoce que el Banco puede, por diversos medios (como módulos de programas informáticos, conocidos habitualmente como cookies, y otras herramientas tecnológicas similares), acceder a información relativa a la utilización de los Servicios Electrónicos por parte del Cliente (que, en el caso del Servicio Móvil de Acceso, puede extenderse a información relacionada con la utilización general que el Cliente hace de su dispositivo móvil) y recopilarla, y el Cliente acepta y autoriza al Banco a tener dicho acceso.

4.2. En la medida en que dicho acceso implique la recopilación de datos de carácter personal regulada por la legislación sobre protección de datos personales, el tratamiento de dichos datos personales se regirá por la Política de Privacidad del Banco, que se facilita en el Sitio Web.

B. BUZÓN ELECTRÓNICO FACILITADO POR EL BANCO

1. Descripción

1.1. Mediante el acceso a los Servicios Electrónicos, el Cliente dispone de un buzón electrónico seguro que puede utilizar para recibir comunicaciones rutinarias sin carácter urgente del Banco y para enviar comunicaciones rutinarias sin carácter urgente al Banco.

1.2. Todos los documentos enviados por medios electrónicos a dicho buzón electrónico seguro (incluidos, entre otros, las notificaciones, los extractos de cuentas corrientes y las valoraciones) se considerarán documentos originales con los mismos efectos jurídicos que si se enviaran por correo convencional. Se considerarán entregados al Cliente una vez que se hayan recibido en el buzón electrónico, según los registros del Banco, los cuales el Cliente reconoce como definitivos y concluyentes a falta de error manifiesto. Por regla general, los documentos se conservan en el buzón electrónico durante un período de dos años a contar desde la fecha de recepción (o durante otro período que decida el Banco). Al término de este período de conservación, el Banco podrá eliminar del buzón documentos que no haya leído el Cliente, sin que el Banco asuma responsabilidad alguna frente al Cliente a este respecto.

1.3. No obstante, mientras el Cliente no se conecte a los Servicios Electrónicos, no recibirá ninguna notificación de las comunicaciones que lleguen a este buzón. El Banco tampoco está obligado a recordar al Cliente que compruebe periódicamente este buzón ni a invitarle a hacerlo. Por consiguiente, el Cliente reconoce que el buzón electrónico no es un medio apropiado para recibir comunicaciones urgentes del Banco o que deban consultarse con una antelación suficiente.

C. DISPOSICIONES GENERALES

1. Asistencia técnica

Para ayudar al Cliente en cuestiones técnicas relacionadas con los Servicios Electrónicos, el Banco pone a disposición de este un servicio de asistencia técnica entre las 9.00 y las 18.00 horas de lunes a viernes (excepto los días festivos).

2. Riesgos vinculados al acceso mediante internet

2.1. Los Servicios Electrónicos los presta el Banco en internet, bien a través del navegador de internet de un ordenador o dispositivo móvil, bien a través de una aplicación descargada e instalada en un dispositivo móvil utilizado por el cliente.

2.2. Internet es una red pública sobre la cual el Banco no tiene control alguno. El Cliente reconoce que el uso de internet implica varios riesgos cuya responsabilidad asume plenamente. Algunos de estos riesgos son el robo electrónico del nombre de usuario y la contraseña del Cliente, así como el pirateo de cualquier Cuenta del Cliente, lo que puede dar lugar a un acceso no autorizado a los fondos y otros activos, al robo de otra información y a otras pérdidas. Igualmente, el Cliente corre el riesgo de que su ordenador o dispositivo móvil sea infectado por virus, programas espía y otros tipos de programas maliciosos, y de que terceros accedan de forma subrepticia a su ordenador o dispositivo móvil (y a cualquier información almacenada en él) mediante la utilización de módulos de programas informáticos (conocidos habitualmente como cookies) y otras herramientas tecnológicas similares. El Cliente reconoce asimismo que las comunicaciones que envíe al Banco por medios como el correo electrónico o mensajes de texto no están necesariamente a salvo de la piratería o la interceptación, aunque se envíen por medios seguros o cifrados. Aunque el Banco adopta todas las medidas de seguridad que están dentro de lo razonable para protegerse frente a estos riesgos, como el uso de protocolos de cifrado para proteger la información que obra en su poder y los mensajes que recibe, es imposible impedir completamente la piratería o la interceptación no autorizadas.

2.3. El Cliente acepta asimismo asumir el riesgo de fallos técnicos que se deriven, en general, del uso de ordenadores, dispositivos móviles, aplicaciones informáticas y otras herramientas tecnológicas. Estos fallos pueden dar lugar a diversas formas de pérdidas o daños, directos o indirectos, de los que el Banco no se hace responsable.

2.4. Es responsabilidad del Cliente tomar medidas que estén dentro de lo razonable para evitar cualquier acceso no autorizado. La información sobre nombres de usuario y Claves de Acceso no debe revelarse a personas no autorizadas. Dicha información, así como los Dispositivos OTP entregados por el Banco, debe mantenerse en condiciones de seguridad en todo momento y deben tomarse todas las medidas que estén dentro de lo razonable para evitar el acceso no autorizado. El Cliente debe cambiar de forma regular su Clave de Acceso y no debe elegir Claves de Acceso que sean fáciles de deducir por otras personas. Las OTP generadas por un Dispositivo OTP no deben revelarse a persona alguna. Estas obligaciones son asumidas por el Cliente y son responsabilidad suya, aunque el Cliente puede optar por que otra persona autorizada acceda a los Servicios Electrónicos en su nombre. Si el Cliente sospecha que su nombre de usuario, su contraseña o su testigo de autenticación han sido robados, extraviados o puestos en peligro de alguna manera, tiene la obligación de informar al Banco de inmediato.

2.5. En la medida en que la legislación lo permita, el Banco no será responsable de ninguna pérdida o perjuicio que el Cliente pudiera sufrir como consecuencia de su utilización de los Servicios Electrónicos, incluidos cualquier daño o pérdida que se derivara del mal funcionamiento del sistema, averías en la red, transmisión de datos deficiente o con retraso o actos malintencionados por parte de terceros.

3. Derechos de autor

Salvo que se indique lo contrario, toda información facilitada por medio de los Servicios Electrónicos está protegida por derechos de autor. Dichos derechos pueden recaer en el Banco, otro miembro del Grupo Bordier o un tercero. Se concede al Cliente una licencia limitada, intransferible y no susceptible de sublicencia para que utilice los Servicios Electrónicos con el único fin de acceder a la información relativa a las Cuentas que ha decidido que puede consultar mediante los Servicios Electrónicos y a las operaciones realizadas en dichas Cuentas. El Cliente no adquiere ningún derecho de propiedad intelectual por el mero hecho de utilizar el Servicio Web de Acceso o la descarga e instalación de los programas informáticos relacionados con el Servicio Móvil de Acceso. Los Servicios Electrónicos se destinan únicamente a un uso privado y personal y la prestación de los Servicios Electrónicos no se interpretará como una concesión al Cliente de una licencia o de un derecho más amplio para utilizar la información o el contenido (los textos, los gráficos, las imágenes, las marcas comerciales, las marcas de servicio y los logotipos) con cualquier otro fin (en particular, con fines comerciales o profesionales). El Cliente se compromete a no reproducir o distribuir a terceros la información que obtenga por medio de los Servicios Electrónicos.

4. Restricciones nacionales

En función de la normativa local y de la normativa vigente en el domicilio del Cliente, el Banco se reserva el derecho de no facilitar determinados tipos de información o de herramientas y podrá, sin previo aviso, modificar la disponibilidad de los Servicios Electrónicos o las condiciones de prestación de los mismos.

5. Suspensión del uso de los servicios electrónicos

5.1. El Cliente podrá decidir, en cualquier momento, suspender el acceso a los Servicios Electrónicos notificándolo por escrito al Banco. Del mismo modo, el Banco podrá decidir, en cualquier momento, poner fin a la prestación de Servicios Electrónicos al Cliente mediante notificación por escrito a este, sin necesidad de motivar su decisión, en particular si el Banco sospecha que se está realizando un uso malicioso o fraudulento (pirateo informático) que amenace la confidencialidad de la información transmitida por los Servicios Electrónicos, o por cualquier otro motivo.

5.2. La rescisión por parte del Cliente del Servicio Web de Acceso implica necesariamente la rescisión del Servicio Móvil de Acceso, si bien el Cliente puede optar por rescindir solo el Servicio Móvil de Acceso. En tal caso, el Cliente conservaría el Servicio Web de Acceso. No obstante, si rescinde el Servicio Móvil de Acceso, el Cliente debe, por motivos de seguridad, desinstalar o eliminar la aplicación de todos los dispositivos móviles en que haya utilizado el Servicio Móvil de Acceso.

5.3. La rescisión de los Servicios Electrónicos no tiene necesariamente por efecto suspender la relación contractual más amplia entre el Banco y el Cliente, a menos que las partes acuerden lo contrario. En caso de suspensión del acceso a los Servicios Electrónicos o de la prestación de estos, el Banco podrá exigir al Cliente que devuelva todos los Dispositivos OTP y el resto de los dispositivos de instalación que el Banco pudiera haber facilitado al Cliente.

6. Ley aplicable y elección de fuero

Todas las relaciones entre las partes amparadas por el presente Acuerdo se regirán e interpretarán exclusivamente de conformidad con la legislación suiza. Las partes acuerdan irrevocablemente que se someten a los órganos jurisdiccionales suizos para resolver cualquier litigio que pudiera derivarse del presente Acuerdo o estuviera relacionado con el mismo y, por consiguiente, cualquier litigio que se derive del presente Acuerdo o esté relacionado con el mismo podrá interponerse ante dichos órganos jurisdiccionales. Ninguna disposición de la presente cláusula limitará el derecho del Banco a incoar un procedimiento contra el Cliente ante cualquier otro órgano jurisdiccional, y la incoación de dicho procedimiento en una o varias jurisdicciones no impedirá que se incoe un procedimiento en cualesquiera otras jurisdicciones, ya sea de forma simultánea o no, salvo que lo impida la legislación vigente. El Cliente renuncia irrevocablemente a cualquier objeción que pudiera tener, en este momento o en el futuro, a que los órganos jurisdiccionales suizos sean designados a los efectos del presente Acuerdo por motivos de jurisdicción u otros y se compromete a no alegar que dichos órganos jurisdiccionales no son un fuero conveniente o apropiado.